MARTINEZ, ANALIA CLAUDIA c/ OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DESPACHANTES DE ADUANA Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD
La Sra. ACM promovió acción de amparo contra OSEDA y OSPOCE para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. El tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía antes de su jubilación.
¿Quién es el actor?
Sra. ACM
- Demandados: OSEDA y OSPOCE
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando a OSEDA y OSPOCE mantener la afiliación de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho cuya protección se persigue en autos... aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales incorporados a ella." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación al INSSJP."
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