Incidente Nº 1 - ACTOR: M. B., C. R. DEMANDADO: S., C. E. s/ART. 250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL
El demandado apeló la decisión de desacumulación de causas de alimentos. La Cámara Civil modificó la resolución y ordenó la producción de prueba en ambos expedientes, priorizando el interés superior de los menores.
Actor: M. B., C. R. Demandado: S., C. E. Objeto: Cuota de alimentos para los menores. Decisión: Se modifica la resolución de desacumulación y se ordena la producción de prueba en ambos expedientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Desde dicha perspectiva y teniendo en cuenta que en los procesos de alimentos en los que está en juego el interés superior de los niños que merecen una rápida solución... el Tribunal dispone que ambas partes deberán producir la prueba pendiente de producción o bien desistir de las mismas en ambos expedientes en el plazo de 20 días hábiles." "Por los fundamentos expuestos... se RESUELVE: I. Modificar el decisorio apelado y en su mérito disponer que las partes deberán producir la prueba pendiente de producción..."
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