ECHARRI ARMANDO JOSE C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Armando José Echarri promovió demanda contra la Caja de Jubilaciones solicitando la inconstitucionalidad de la ley 15.008 para restablecer su movilidad jubilatoria. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró inconstitucional el artículo 41 de la ley 15.008 y modificó la sentencia en relación a la prescripción.
¿Quién es el actor?
Armando José Echarri
¿A quién se demanda?
Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad de la ley 15.008 y reconocimiento del derecho a la movilidad jubilatoria.
¿Qué se resolvió?
Se declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoce el derecho del actor a calcular su movilidad jubilatoria según la ley 13.364, modificando la sentencia en relación a la prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la ley 15.008 se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "La declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 que ordena no obsta a la aplicación de la referida cláusula legal, toda vez que deviene aplicable la doctrina de la Suprema Corte local que distingue entre el derecho a gozar de los beneficios previsionales, que es imprescriptible, de la obligación de pagar los haberes correspondientes a una determinada prestación, que sí es susceptible de extinguirse por el transcurso del tiempo."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: