DISTRIBUIDORA SOLDADURA JUNIN S.A C/ CLINICA GENERAL PAZ S.A S/ COBRO SUMARIO SUMAS DE DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Distribuidora Soldadura Junín S.A. apeló la sentencia que condenó a Clínica General Paz S.A. a pagar $1.679.193 por facturas impagas y cláusula penal. La Cámara modificó la sentencia, fijando la pena en $712.928,43 y determinando la mora automática a los 30 días de emitida cada factura.
Actor: Distribuidora Soldadura Junín S.A. Demandado: Clínica General Paz S.A. Objeto: Cobro de sumas de dinero por facturas impagas y cláusula penal. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, fijando la pena en $712.928,43 y estableciendo la mora automática a los 30 días de cada factura.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El sentenciante de origen expuso inicialmente que en la cláusula 12.1 del contrato de suministro que vinculó a las partes, se estableció, como cláusula penal... el pago de una suma correspondiente a 6 meses de contrato... No obstante ello, no puede soslayarse que en el artículo 794 del Código Civil y Comercial, se faculta a los jueces a la reducción de las penas... Al no resultar una cláusula penal abusiva, debe ser dejada sin efecto la morigeración de la misma dispuesta de oficio por el sentenciante de origen." "Las partes acordaron un plazo cierto para el pago del precio por parte de la suministrada; razón por la cual, la mora se produjo automáticamente al vencimiento del plazo de 30 días, computado desde la fecha de emisión de cada factura."
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