BEDON HUIZA PILAR CARITO C/ LA FONTANA REHABILITACION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/ DESPIDO
El actor promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio por despido. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.
Actor: Bedon Huiza Pilar Carito Demandado: La Fontana Rehabilitación Sociedad de Responsabilidad Limitada Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por despido. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado el 1/12/2025 por la suma de $13.000.000 en cuotas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada entre las partes el 1/12/2025 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal." "La renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)."
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