LAGOS NIDIA AMELIA Y OTRO/A C/ BONACORSI HERMANOS SA Y OTROS S/ DILIGENCIA PRELIMINAR Y DANOS Y PERJUICIOS INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Las actoras demandaron por daños y perjuicios por incumplimiento contractual en el servicio de sepelio de su madre. El Tribunal rechazó la demanda, argumentando que el servicio fue prestado conforme a las restricciones impuestas por la pandemia de COVID-19.
Actor: Nidia Amelia Lagos y Gisela Noelí Lagos Demandado: Bonacorsi Hermanos S.A.; Parque de Paz S.A.; Asociación Mutual para el Personal de los Servicios Sociales Objeto: Daños y perjuicios por incumplimiento contractual en el servicio de sepelio por la suma de $5.967.230,16. Decisión: Se rechazó la demanda por incumplimiento contractual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De las constancias obrantes en la causa surge que en la presentación del 14 de abril de 2022 las actoras requirieron como diligencia preliminar la apertura de la tumba del Cementerio Parque de Paz, donde yacería Clementina Amelia Ortega, a fin de establecer si allí se encuentra efectivamente el ataúd oportunamente contratado con la empresa demandada y no una simple bolsa mortuoria a fin de determinar los daños por incumplimiento contractual." "En razón la pandemia de COVID que atravesaba el país, configuró una excepcionalísima situación, no existe incumplimiento de contrato, por cuanto el servicio fue prestado dentro de las limitaciones que imponía el Ministerio de Salud." "Si bien el servicio contratado no fue prestado de la forma exacta que se hubiera brindado en una situación de normalidad, los demandados se encuentran eximidos de responsabilidad por cuanto la situación no le es imputable (art.1732, 1730 CCyC); en consecuencia, se rechaza la demanda."
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