S., S. R. c/ S., E. s/ CESE DE CUOTA ALIMENTARIA
El demandado interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que ordenó el cese de la cuota alimentaria. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no se acreditaron los requisitos para la continuidad de la obligación alimentaria.
Actor: S. R. S. Demandado: E. S. Objeto: Cese de la cuota alimentaria. Decisión: Se confirmó el cese de la cuota alimentaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No surgen del escrito en análisis señalamientos de nulidad ni invocación de violación a las formas previstas para este tipo de juicios." "La obligación alimentaria de los progenitores respecto de los hijos derivada de la responsabilidad parental y extendida hasta los 21 años cesa de pleno derecho al alcanzarse dicha edad." "El cese de la obligación alimentaria se produce al alcanzarse la edad de 21 años, estando en cabeza de quien pretenda la subsistencia de su derecho acreditar los requisitos establecidos en el art. 663 del CCC."
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