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AMERISE, MARCELA PATRICIA c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986

Marcela Patricia Amerise interpuso acción de amparo contra OSECAC para obtener medicación y estudios médicos. El Juzgado Federal de Salta hizo lugar a la acción, ordenando a la obra social la entrega de los medicamentos y la cobertura de la resonancia magnética solicitada.

Amparo Salud Medicacion Osecac Resonancia magnetica Arbitrariedad Derechos humanos Seguridad social Cobertura medica Ley 16.986

Actor: Marcela Patricia Amerise Demandado: OSECAC Objeto: Entrega de medicación y autorización de resonancia magnética Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La respuesta brindada por la demandada resulta arbitraria, toda vez que de las constancias acompañadas en autos surge que la actora es afiliada a OSECAC y no se encuentra en condiciones para acceder a la cobertura médico asistencial brindada por OSPRERA." "Cabe destacar que las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho." "El derecho a la salud, derivado del derecho a la vida, tiene jerarquía constitucional, habiendo sido reconocido en diferentes tratados internacionales."

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