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POCKORNY, RODOLFO ESTEBAN c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Rodolfo Esteban Pockorny interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que le ordenó a las obras sociales mantener su afiliación tras obtener su jubilación. La Cámara Federal de San Martín confirmó la decisión, argumentando que la jubilación no implica la ruptura del vínculo con la obra social.

Amparo Jubilacion Obras sociales Continuidad de afiliacion Salud Seguridad social Derechos fundamentales Recursos Ley 16.986 Ley 19.032


¿Quién es el actor?

Rodolfo Esteban Pockorny
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Continuidad de la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena la continuidad de la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El hecho de haber obtenido un haber jubilatorio no implicaba la ruptura del vínculo con la demandada, ya que el actor se encontraba facultado para ejercer su derecho a permanecer afiliado a la obra social a la que había pertenecido durante su vida laboral activa." "La decisión de las codemandadas de privar de las prestaciones médico asistenciales al amparista y su cónyuge, fundada en que obtuvo la jubilación, resulta manifiestamente ilegítima y arbitraria." "El mantenimiento de la condena es la solución que mejor corresponde con la naturaleza del derecho cuya protección se pretende -que compromete la salud e integridad física de las personas."

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