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V, G. M. c/ UNION PERSONAL s/AMPARO LEY 16.986

La obra social Unión Personal apeló una sentencia que ordenó la cobertura del 100% de tratamientos para la actora con enfermedades poco frecuentes. La Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión, argumentando la protección del derecho a la salud y la vida.

Amparo Salud Cobertura Enfermedades poco frecuentes Porfiria Derecho a la vida Juez de camara Honorarios Recursos de apelacion Costas


- Quién demanda: V, G. M.

¿A quién se demanda?

Unión Personal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura del 100% de medicamentos y tratamientos para Porfiria Aguda Intermitente y Porfiria Cutánea Tardía.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura total.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la vida es considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación como el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional." "La obra social no brindó una respuesta adecuada, no aportó prueba alguna que permita demostrar que haya ofrecido alguna alternativa terapéutica concreta." "El agravio no debe prosperar, ya que las prestaciones serán reconocidas y abarcadas por el derecho que aquí se declara."

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