NUEVA IZQUIERDA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO
El partido político 'NUEVA IZQUIERDA' solicitó la readquisición de su personalidad política tras no alcanzar el 2% de los votos en dos elecciones sucesivas. El Juzgado Federal de Santa Rosa declaró la caducidad de su personalidad política, fundamentando en la normativa vigente.
Actor: Partido político 'NUEVA IZQUIERDA' Demandado: Ministerio Público Fiscal Objeto: Readquisición de la personalidad política Decisión: Se declara la caducidad de la personalidad política del partido
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en autos, no se encuentra controvertido que el partido político en cuestión se encuentre incurso en la causal de caducidad del artículo 50, inc. 'c' de la ley 23.298, esto es: ‘no alcanzar en dos (2) elecciones nacionales sucesivas el dos por ciento (2%) del padrón electoral del distrito’." "Que, en ese sentido, la Excma. Cámara Nacional Electoral ha explicado que 'el sistema legal está fundado en la representatividad de los partidos; lo cual encuentra su fundamento en la necesidad de evitar la dispersión de voluntades aisladas, que es ineficaz para ejercer influencia en la formación de la voluntad del Estado'." "Por ello, en acuerdo con el dictamen fiscal mencionado, considero que corresponde aplicar el art. 50 inc. c) de la ley 23298 y en consecuencia cancelar la personalidad política del partido político 'NUEVA IZQUIERDA' de este distrito."
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