GIL CALDERON, ANGELICA MARIA c/ BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y reclamó indemnización por falta de registración laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda por falta de acreditación de la relación laboral.
Actor: Angélica María Gil Calderón Demandado: Buenos Aires Servicios de Salud S.A. Objeto: Indemnización por despido y otros créditos laborales. Decisión: Se confirmó el rechazo de la demanda por falta de prueba de la relación laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tanto no fue acreditada la prestación de servicios, no se hizo operativa la presunción del artículo 23 de la LCT, que facilita la prueba de la existencia del vínculo laboral." "Las declaraciones de las testigos no resultan suficientes para probar la vinculación laboral por la sola circunstancia que la testigo manifestara haber acompañado a la actora a llevar las planillas de atención domiciliaria." "Entiendo que se dan precisamente estas circunstancias dado que, la actora en base a una errada valoración de la disponibilidad de los medios de prueba con los cuales contaba, pudo considerarse con mejor derecho para litigar contra la accionada."
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