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ALTUNA, MARIA DEL CARMEN c/ MODO S.A. DE TRANSPORTE AUTOMOTOR LINEA151 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

María del Carmen Altuna demandó a MODO S.A. de Transporte Automotor Línea 151 y a Adrián Aquino por daños derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia en relación a la tasa de interés y confirmó el monto de indemnización por daño moral.

Danos y perjuicios Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tasa de interes Responsabilidad civil Indemnizacion Transporte publico Aseguradora Sentencia apelada


- Quién demanda: María del Carmen Altuna

¿A quién se demanda?

MODO S.A. de Transporte Automotor Línea 151 y Adrián Aquino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se modificó la tasa de interés y se confirmó el monto de indemnización por daño moral

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La incapacidad sobreviniente no cubre sólo la faz laboral sino que por ser integral abarca todos los aspectos de la vida de una persona... el restablecimiento de aquel estadio anterior importa invariablemente considerar ese factor transitorio al momento de ponderar el resarcimiento." "El daño moral se ha definido certeramente como cualquier lesión en los sentimientos o afecciones legítimas de una persona... la valoración del daño moral compute atentamente todas las circunstancias del caso." "La tasa que debe liquidarse es la del 8% anual desde la fecha de accidente hasta el dictado de la sentencia de grado y de allí en adelante, hasta el efectivo pago, la tasa activa establecida en la doctrina plenaria."

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