CAJA DE SEGUR.SOC.PARA PSICOL.PCIA BS.AS C/ HAVERCOHN AMALIA MABEL S/ APREMIO
El demandante apeló la sentencia que rechazó las excepciones de inhabilidad del título ejecutivo y prescripción. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la validez de la Ley 12.063 y la naturaleza de la deuda como de valor.
Actor: Caja de Previsión Social para Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Amalia Mabel Havercohn Objeto: Cobro de deuda de 2.488,13 módulos más intereses. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó las excepciones de inhabilidad y prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La deuda que aquí se reclama encuentra sustento en las específicas previsiones de la ley 12.163... y que al regular la integración de los recursos de la entidad establece, entre otros, el importe de los aportes mensuales y obligatorios resultantes de los niveles que se establezcan y que se fijan en módulos." "Si bien se ha considerado que esa fijación de unidades de medida... son una medida de valor actualizada periódicamente que, por ello, no son otra cosa que pautas o medidas de revalorización o actualización monetaria." "La cuestión accesoria de los intereses sí debe considerarse comprendida en las previsiones del artículo 16 de la ley 14236 en punto al plazo de prescripción a considerar."
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