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P., P. A. S/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL EN CAUSA N° 12892 IPP 03-00-006499-14 UFIJ N° 3 (JEP-19972)

El penado Pedro Alberto Pavón interpuso un incidente de libertad condicional tras la denegación de su solicitud por el Juez de Ejecución Penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que su reinserción social aún no está garantizada.

Incidente Libertad condicional Denegacion Reinsercion social Tratamiento psicologico Evaluacion criminologica Conducta ejemplar Principio de culpabilidad C.p. art. 13 Juez de ejecucion

Actor: Defensa Oficial Demandado: Pedro Alberto Pavón Objeto: Libertad condicional Decisión: Se confirma la denegación de la libertad condicional

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No obstante encontrarse en condiciones temporales de acceder a la Libertad condicional... su inclusión en el instituto de la Libertad Condicional solicitada, luce prematura." "El tratamiento psicológico posee un valor preponderante para poder lograr un reencuentro con el medio libre... no es posible advertir un grado de evolución tales por parte del interno... que lo hagan merecedor, por el momento, de la Libertad Condicional solicitada." "El otorgamiento de la Libertad Condicional significa la demostración por parte del incuso de haber transitado en forma exitosa la progresividad Tratamental."

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