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.................... S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA

El interno Matías Ezequiel Zalazar solicitó la concesión de libertad asistida, la cual fue denegada por el juez de ejecución penal. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal resolvió remitir las actuaciones al juzgado de origen para que dicte nueva resolución, considerando inaplicable la ley provincial en este caso.

Incidente Libertad asistida Codigo penal Ley 24.660 Juzgado de ejecucion penal Reincidencia Denegacion Legislacion provincial Resolucion judicial Actualizacion de informacion


¿Quién es el actor?

Dra. Dora Emilia Piñeyro

¿A quién se demanda?

Matías Ezequiel Zalazar
- Objeto de la demanda: Concesión de libertad asistida
- Decisión del tribunal: Se remiten las actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal para nueva resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de marras forma parte de la legislación penal de fondo -concretamente del Código Penal, según art. 229 de la ley 24.660
- y, por tanto, no puede en modo alguno ser motivo de regulación por parte de la legislatura local... La ley 12.256 no es de aplicación al caso." "En función de la fecha de agotamiento de la pena -6/2/2026-, los tres (3) meses antes que prescribe el art. 54 de la ley nacional 24.660 de aplicación no estaban cumplidos a la fecha de la resolución como tampoco a la fecha de los informes..."

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