CARDOZO JULIO CESAR Y OTRO/A C/ NAGERA CARLOS FABIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores solicitaron la aclaración de una sentencia dictada el 20/11/2025 por error en la fecha de la sentencia de primera instancia. La Cámara hizo lugar a la aclaratoria, corrigiendo la fecha mencionada en el fallo.
Actor: Cardozo Julio César y otro Demandado: Nagera Carlos Fabián y otros Objeto: Aclaración de sentencia Decisión: Se aclara la sentencia de fecha 20/11/2025
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cabe advertir que tres son los motivos de aclaratoria que admite el ordenamiento legal vigente: a) la corrección de errores materiales; b) aclaración de conceptos oscuros y, c) subsanación de omisiones sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio." "Se ha deslizado un error involuntario al establecer que '...Que la apelada sentencia de fecha 11/06/2025 debe confirmarse....', por lo que cabe dejar aclarado que debió consignarse que la apelada sentencia es de fecha 11/08/2025." "En consecuencia, corresponde aclarar la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2025 en la forma y con el alcance aquí indicado."
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