A. M. D. Y OTRO/A C/ LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S..A. Y OTROS S/ INC. ART 250 CPCC
Los actores interpusieron un recurso de apelación contra una sentencia de primera instancia. La Cámara declaró desierto el recurso por falta de fundamentación en tiempo y forma, imponiendo costas al apelante.
Actor: A. M. D.; otro/a Demandado: La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A.; otros Objeto: Recurso de apelación contra sentencia de primera instancia. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 7 de octubre de 2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La presentación que efectuara el recurrente en la instancia originaria fue realizada en forma extemporánea, toda vez que del simple cálculo cronológico del plazo para la fundamentación del recurso interpuesto, el mismo venció el día 21 de octubre del corriente año." "Una vez transcurrido el plazo, la oportunidad de fundar el recurso se pierde irremediablemente, independientemente de que se lo funde con posterioridad." "Los plazos procesales son perentorios y, cuando el mismo fenece, no revive luego, aunque se efectúe tardíamente la presentación que debía haber sido efectuada dentro del plazo."
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