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MORO JORGE C/ PAMPENA ALEJANDRO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)

Jorge Moro demandó por daños y perjuicios a Alejandro Pampena y Osteon S.A. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses deben correr desde la notificación de la demanda.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Responsabilidad medica Dano moral Dano psicologico Intereses Consentimiento informado Cirugia Clinica Obligacion de seguridad

Actor: Jorge Moro Demandado: Alejandro Mario Pampena; Osteon S.A. Objeto: Daños y perjuicios por la muerte de la esposa del actor tras una cirugía. Decisión: Se modifica la fecha de inicio de los intereses y se confirma la sentencia en otros aspectos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La responsabilidad médica constituye parte especial de la responsabilidad profesional... cuando el profesional médico incurre en la omisión de las diligencias correspondientes a la naturaleza de su prestación asistencial, ya sea por impericia, imprudencia o negligencia, falta a su obligación y se coloca en la posición de deudor culpable." "Los centros asistenciales responden por el ineficiente actuar de los médicos por razones de justicia distributiva... el consumidor de asistencia galénica, gira en torno a la idea de un 'deber de garantía' o de una 'obligación de seguridad'." "Los intereses, según lo dispuesto por el art. 519 del Código Civil, integran la indemnización y en el caso de responsabilidad contractual se deben desde la constitución en mora de la demandada, en el caso, con la notificación de la demanda."

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