R. M. D. C. C/ T. J. E. S. S/ ALIMENTOS
El demandante promovió una acción de alimentos contra el demandado, solicitando una cuota alimentaria del 20% de su salario. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas al demandado por su condición de vencido.
Actor: M. D. C. R. Demandado: J. E. S. T. Objeto: Cuota alimentaria del 20% del salario del demandado. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que estableció la cuota alimentaria y se imponen las costas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es principio recibido que, en los juicios de alimentos, la condenación en costas al alimentante se impone -independientemente del resultado del proceso
- por su índole asistencial... En virtud de la especial naturaleza del deber alimentario... se aprecia que en la sentencia definitiva se reconoció el derecho pretendido, aun en un porcentaje menor, desestimándose la posición del demandado."
"Por ello, se confirma la sentencia apelada, debiéndose imponer también las costas de esta instancia al alimentante, en su objetiva condición de vencido (art. 68 CPCC)."
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