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GARCIA MARTINEZ CARLOS MARIA C/ CLINICA ESTRADA S.A. S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Clínica Estrada S.A. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal del demandante.

Caducidad de instancia Despido Inactividad procesal Ley n? 15057 Costas Tribunal del trabajo Ciudad de lanus Procedimiento laboral Articulo 11 Parte actora

Actor: GARCIA MARTINEZ CARLOS MARIA Demandado: CLINICA ESTRADA S.A. Objeto: Despido Decisión: Se decreta la caducidad de la instancia por falta de actividad procesal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 11, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia, con costas." "Las costas deberán imponerse a la parte actora en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados."

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