CORBALAN ANA MARIA C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Ana María Corbalán solicitó la declaración de incompetencia del Tribunal en el marco de una acción de revisión de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 3 hizo lugar al planteo, determinando que corresponde al Tribunal de Trabajo de Florencio Varela conocer en la causa.
Actor: Ana María Corbalán Demandado: La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo Sociedad Anónima Objeto: Declaración de incompetencia del Tribunal Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que debe conocer el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde resolver conforme la regla allí contemplada... la decisión emitida por la Comisión Médica Jurisdiccional es susceptible de ser recurrida ante los actuales tribunales de trabajo..." "Se impone precisar que... el actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela..." "Corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'".
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