CONDOLUCI YAMILA SOLEDAD C/ PROVINCIA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La doctora Yamila Soledad Condoluci demandó a Provincia A.R.T. S.A. por la fijación de honorarios extrajudiciales. El Tribunal del Trabajo N° 3 hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en diez (10) JUS y condenando a la demandada al pago.
Actor: YAMILA SOLEDAD CONDOLUCI Demandado: PROVINCIA A.R.T. S.A. Objeto: Fijación de honorarios extrajudiciales. Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan los honorarios en diez (10) JUS.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No existe reconocimiento de honorarios a favor de los trabajos profesionales realizados por la doctora Condoluci; ni pago alguno por ellos, que haya materializado la A.R.T.; no encontrándose demostrado que la accionada hubiera abonado a la actora suma alguna en concepto de los rubros reclamados." "La actividad profesional desarrollada por los abogados que patrocinen al trabajador... devengará honorarios a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo... solo en el caso de que el damnificado concurra al proceso con su letrada patrocinante particular." "Dichos importes deberán ser abonados dentro de los diez días de notificada la presente sentencia, todo bajo apercibimiento de embargo."
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