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BREGLIA MARCELO NICOLAS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor solicitó la regulación de honorarios por su actuación profesional en un expediente administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal de Trabajo Nº 3 de Campana hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en $310.310 más aportes e IVA.

Incidente Honorarios Comision medica Asesoramiento Regulacion Trabajador Ley 14.967 Ley 27.348 Costas Actuacion profesional

Actor: BREGLIA MARCELO NICOLAS Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Objeto: Regulación de honorarios por asesoramiento y patrocinio en un expediente administrativo. Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan los honorarios en $310.310.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Acreditada la actuación profesional, corresponde señalar que respecto de los honorarios profesionales del letrado, cabe decir que conforme lo dispone el art. 37 de la Res. 298/17 de la SRT, regulatoria del procedimiento ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales... resulta claro al respecto que el trabajador debe contar con patrocinio letrado en dicho órgano administrativo, desde su primera presentación." "Considero que las tareas llevadas a cabo por el letrado durante las tramitaciones cumplidas ante la Comisión Médica Jurisdiccional, son actuaciones extrajudiciales de carácter administrativo y obligatorias." "Por todo lo expuesto, entiendo que se han corroborado los extremos fácticos expuestos por el accionante en su escrito de inicio... no teniendo por acreditado acuerdo alguno sobre honorarios ni percepción de emolumentos, previo al inicio de las presentes actuaciones."

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