LINCHETTA GABRIELA CATALINA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
Gabriela Catalina Linchetta demandó al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de licencias anuales no usufructuadas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho al cobro de 200 días de licencias no abonadas por razones de servicio.
Actor: Gabriela Catalina Linchetta Demandado: Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Pago de 200 días de licencias anuales no usufructuadas (LANU) Decisión: Se reconoce el derecho al cobro de las licencias no abonadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El accionar de la Autoridad Administrativa que denegó el pago de lo que en concepto de licencia ordinaria no usufructuada le corresponde al actor, resulta criticable por importar un apartamiento de los principios específicos que rigen el instituto jurídico de las vacaciones pagas." "Cabe reparar en que la exégesis de la ley requiere la máxima prudencia, cuidando que la inteligencia que se le asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho." "La normativa en análisis no contiene ninguna disposición referida a su aplicabilidad a situaciones anteriores a su dictado, y conforme lo dispuesto por el artículo 7 del CC y C que establece: '.Las leyes no tienen efecto retroactivo...'" "En efecto, ni la ley 13.982 ni el decreto 1050/09 normaron la imposibilidad de la compensación económica aludida; vacío que, sin embargo, fue zanjado por la judicatura en favor del trabajador."
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