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PROSDOCIMI PAOLA MARIA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA

Paola María Prosdocimi promovió acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social por la demora en la resolución de su solicitud de pensión. El Tribunal hizo lugar a la acción, ordenando al Instituto a despachar el expediente administrativo en un plazo de 30 días.

Amparo por mora Pension derivada Mora administrativa Procedimiento administrativo Derechos constitucionales Plazo perentorio Instituto de prevision social Celeridad Responsabilidad administrativa Costas del proceso

Actor: Paola María Prosdocimi Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Resolución de solicitud de pensión derivada por mora administrativa Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando al Instituto a despachar el expediente en 30 días

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se corrobora en autos, que transcurrió en exceso el plazo en el cual la demandada debió resolver el reclamo articulado por la parte actora... corresponde acoger la pretensión deducida." "Es que frente al derecho de los administrados de obtener respuestas claras y en tiempo oportuno, por parte de la administración, existe obligación expresa de ésta de expedirse mediante un acto administrativo." "Dicho plexo normativo prescribe expresamente que el procedimiento administrativo debe impulsarse de oficio... generando el incumplimiento de los plazos, la responsabilidad imputable a los agentes directamente a cargo del trámite."

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