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BENEDETTO, ROQUE GUILLERMO C/SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 41 de la ley 10.855, que impide la matriculación simultánea en abogacía y contaduría. El Superior Tribunal de Justicia declaró su incompetencia para entender en el caso, remitiendo el expediente a un tribunal de primera instancia.

Accion de inconstitucionalidad Incompetencia Matriculacion Derecho administrativo Constitucion nacional Constitucion provincial Ley 10.855 Control difuso Tribunal de primera instancia Derechos humanos


- Quién demanda: Roque Guillermo Benedetto

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 10.855

¿Qué se resolvió?

Se declaró la incompetencia del Superior Tribunal de Justicia para conocer en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de lo expuesto, verificándose en el sub lite la situación prevista en el art. 51, inc. B, de la ley 8.369, en tanto se denuncian violaciones a la Constitución de Entre Ríos y a la Constitución Nacional, deviene evidente la incompetencia de este organismo para entender y decidir en esta instancia." "Consecuentemente, corresponde declarar la incompetencia de este Superior Tribunal de Justicia para conocer y decidir en estos actuados, la cual debe asignarse al organismo jurisdiccional de Primera Instancia de cualquier fuero que escoja el actor."

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