INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA SA C/ GUFFANTI JUAN MANUEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El actor solicitó la homologación de un acuerdo de pago alcanzado con el demandado. El Tribunal homologó el convenio y fijó los honorarios de los profesionales intervinientes.
Actor: Industrial and Commercial Bank of China S.A. Demandado: Juan Manuel Guffanti Objeto: Homologación de un acuerdo de pago. Decisión: Se homologó el convenio celebrado el 04/11/2025 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 308 del Código Procesal dispone que las partes podrán hacer valer la transacción del derecho en litigio, con la presentación del convenio o suscripción de acta ante el juez... corresponde homologar los acuerdos al que han arribado las partes, debiendo continuar las actuaciones según su estado (Art.308 del Cód. Procesal)." "Homologar el convenio celebrado por las partes en fecha 04/11/2025, con costas conforme lo pactado." "Regular los honorarios de los profesionales intervinientes siendo el monto del presente la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS ($1.300.000), el acuerdo arribado."
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