HEREDERO DE RAYNAL GRACIELA NILDA Y OTRO/A C/ BELTRAME ANTONIO JOSE Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
Los actores promovieron una demanda de usucapión sobre dos terrenos en Mar del Plata. El Tribunal hizo lugar a la acción, declarando la adquisición de dominio por prescripción a favor de los actores, quienes habían poseído los inmuebles de manera pacífica y continua por más de 20 años.
Actor: Graciela Nilda Raynal y Osvaldo Horacio Moya Demandado: Antonio José Beltrame; Miguel Augusto Santiere; Juan José Santiere; María Celia Santiere; María Susana Santiere Objeto: Usucapión de dos terrenos en Mar del Plata Decisión: Se hace lugar a la demanda de usucapión, declarando la adquisición de dominio por prescripción a favor de los actores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La totalidad de los elementos colectados en autos analizados de conformidad a las reglas de la sana crítica, permiten tener por justificado que ha mediado entre los accionantes y el inmueble una relación real, por el tiempo fijado por la ley, que conduce al acogimiento favorable de la demanda promovida (art. 384 del C.P.C.)." "Los titulares dominiales y/o sus herederos han manifestado carecer de interés sobre los bienes en cuestión, allanándose a la acción promovida por los Sres. Raynal y Moya." "Se concluye que los actores han arrimado en la causa elementos que acreditan la posesión de manera plena y acabada, demostrándose que han ejercido tal posesión de forma efectiva, pública, pacífica e ininterrumpida, con ánimo de dueños, respecto de los inmuebles objeto de la presente litis, por un lapso mayor a los 20 años."
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