FRATTINI, AGOSTINA SOLEDAD c/ SISTEMAS TEMPORARIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La demandante reclamó el cobro de créditos laborales por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó en parte la sentencia de primera instancia, manteniendo la responsabilidad solidaria de las empresas involucradas.
¿Quién es el actor?
Agostina Soledad Frattini
¿A quién se demanda?
Sistemas Temporarios SA y Energroup SA
- Objeto de la demanda: Cobro de créditos laborales por despido.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia en lo principal, con modificaciones en los intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La verdadera titular de la relación laboral del contrato de trabajo del Sr. Frattini fue la codemandada Energroup SA, ya que usufructuó sus tareas." "La norma gira bajo el concepto de 'interposición fraudulenta', esto es, cuando se utiliza un sujeto ajeno a la relación laboral para cometer fraude con el fin de evitar la responsabilidad del titular del vínculo de trabajo." "Se confirma la condena de las multas previstas en la ley 24.013, atento que el actor no se encontraba registrado por quién fuera su verdadera empleadora." "Propongo modificar este aspecto de la sentencia apelada en cuanto a los intereses."
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