ROVELLA CARRANZA SA c/ EN-DNV-RESOL 777/01 623/09 (EXPTE 8549/08) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Rovella Carranza S.A. apeló una resolución que dejó sin efecto liquidaciones y ordenó el reintegro de sumas percibidas en exceso. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión, argumentando que la liquidación original contenía errores aritméticos que debían ser corregidos.
Actor: Rovella Carranza S.A. Demandado: Estado Nacional (Dirección Nacional de Vialidad) Objeto: Liquidación de intereses y reintegro de sumas percibidas en exceso. Decisión: Se confirmó la resolución de primera instancia que dejó sin efecto liquidaciones y ordenó el reintegro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La liquidación es susceptible de ser rectificada si hubiese mediado error al practicarla, toda vez que ese hecho no puede convertirse en fuente de indebidos beneficios para las partes involucradas." "La base de cálculo sobre la cual debía practicarse la liquidación complementaria era errónea, por cuanto la actora computó como saldo pendiente la suma de $1.601.900,60 sin descontar el depósito de $1.186.355,53." "El reintegro ordenado en la resolución apelada se presenta ajustado a las constancias del proceso y a la correcta ejecución de lo decidido."
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