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MEDINA GLADIS DEL CARMEN c/ MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Gladys del Carmen Medina demandó al Estado Nacional-Ministerio de Defensa por el reconocimiento del 100% del haber de pensión tras el fallecimiento de su esposo. El tribunal rechazó la demanda, argumentando que la baja del causante fue voluntaria y conllevó la pérdida de su estado militar.

Incidente Pension Estado nacional Fuerza aerea Baja voluntaria Ley 19.101 Derechos previsionales Acto administrativo Personal militar Seguridad social

Actor: Gladys del Carmen Medina Demandado: Estado Nacional-Ministerio de Defensa Objeto: Reconocimiento del derecho al cobro del 100% del haber de pensión Decisión: Se rechaza la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La baja otorgada al causante fue la condición indispensable para su continuidad laboral en el ámbito civil... Pretender en este estado dejar sin efecto aquel acto administrativo firme, consentido y que permitió precisamente su desempeño posterior... importaría desconocer el marco legal que habilitó su traspaso." "El reconocimiento por parte del Instituto de Ayuda Financiera (IAF) de los años de servicios militares prestados a los fines previsionales, no genera por sí el derecho a pensión militar. La Ley Nº 19.101 contempla tal beneficio a quienes conservan el estado militar, condición que el Sr. Bartoncello ya no reunía al momento de su fallecimiento."

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