CAPPIELLA, GUILLERMO S/MATERIA A CATEGORIZAR (INFOREC 277)
Guillermo Cappiella y María Laura Jadzinsky de Cappiella apelaron la resolución que denegó la caducidad de una hipoteca. La Cámara revocó la resolución del Registro de la Propiedad, aplicando el plazo de caducidad de 20 años según el Código Civil derogado.
Actor: Guillermo Cappiella; María Laura Jadzinsky de Cappiella Demandado: Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Objeto: Revocación de la resolución que denegó la caducidad de una hipoteca Decisión: Se admite el recurso de apelación y se revoca la resolución contencioso registral 09/2025
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo de vigencia del asiento era de veinte años, y no de treinta y cinco como estableció tiempo después la ley 27.271. [...] La inscripción registral de la hipoteca, así como el comienzo del cómputo de su vigencia, más allá de su naturaleza, constituye un hecho instantáneo que define el régimen legal aplicable." "La cuestión ha generado posturas contrapuestas, reflejadas incluso en los criterios adoptados por los distintos registros provinciales. [...] La DTR 12/2021 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, entre muchos otros registros locales, abrazan la tesis defendida por los apelantes." "En consecuencia, respecto de la escritura de hipoteca n° 196 de 10/08/1999 [...] resulta aplicable el plazo de 20 años previstos en los arts. 3151 y 3196 del Código Civil derogado, vigentes al momento de su rogación."
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