SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA C/ MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN S/ PRETENNSIÓN ANULATORIA
Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada demandó a la Municipalidad de Trenque Lauquen por la nulidad de una sanción administrativa impuesta por falta de pago de una póliza de seguro. El tribunal declaró la nulidad del acto administrativo y la inconstitucionalidad de un artículo de la ley provincial que exigía el pago previo de la multa.
Actor: Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada Demandado: Municipalidad de Trenque Lauquen Objeto: Nulidad del acto administrativo que impuso una sanción y daño directo. Decisión: Se declaró la nulidad del acto administrativo y la inconstitucionalidad del art. 70, ley 13.133.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acto administrativo debe fundarse en los antecedentes de hechos y derecho que le sirven de causa, debiendo expresarse en forma concreta las razones que han inducido a emitirlo. Si el acto adolece de causa y debida motivación, torna irrazonable el accionar administrativo y, por tanto, tal vicio conlleva su nulidad." "El segundo párrafo del art. 70, ley 13.133, al establecer la satisfacción de una sanción de contenido patrimonial como exigencia necesaria y previa del juicio contencioso administrativo, se opone al derecho de defensa y a los principios de control judicial suficiente y de tutela judicial efectiva." "La OMDC no requirió las constancias de contratación entre Seguros Rivadavia y la entidad bancaria, lo que debió prevalecer en la resolución."
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