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GENTILE MARIA DEL CARMEN C/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A. S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Maria del Carmen Gentile demandó a Transportes Automotores Riachuelo S.A. y su aseguradora por daños y perjuicios tras un accidente en colectivo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo la responsabilidad de la empresa de transporte y fijando indemnización por daño psíquico y daño moral.

Danos y perjuicios Responsabilidad objetiva Accidente de transito Dano psiquico Dano moral Indemnizacion Carga de la prueba Transporte publico Ley de defensa del consumidor Sentencia de primera instancia

Actor: Maria del Carmen Gentile Demandado: Transportes Automotores Riachuelo S.A.; Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente en colectivo Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a los demandados a indemnizar a la actora

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La actuación que las partes hayan tenido en el hecho, es decir la presencia jurídica activa del accionado en el hecho, tiene vital importancia para justificar la ligazón procesal, su legitimación y así poder extraer su posterior responsabilidad en el mismo." "La responsabilidad en los daños sufridos por el consumidor se enrolan dentro de la responsabilidad objetiva y como tal sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena." "Habiendo demostrado la parte actora el hecho, la carga de la prueba se invierte en las presentes actuaciones, pues las eximentes pesan ahora en cabeza de los accionados."

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