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ASOCIACIÓN CIVIL LAS COLINAS CLUB DE CAMPO C/AMANZI ANTONIO ENRIQUE Y OTROS S/EJECUCION DE CONVENIO (Y MEDIDA CAUTELAR)

La Asociación Civil Las Colinas Club de Campo promovió una ejecución de convenio contra los fiduciarios del fideicomiso. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso de apelación, confirmando la medida cautelar que prohíbe a los demandados ejercer actos de administración del club.

Recurso de apelacion Ejecucion de convenio Medida cautelar Verosimilitud del derecho Fideicomiso Administracion Asociacion civil Conflicto Prohibicion de innovar Responsabilidad del peticionante


¿Quién es el actor?

Asociación Civil Las Colinas Club de Campo.
- Demandados: Roberto M. Udrisar, Julieta C. Toledo, Antonio E. Amanzi, Miguel A. Nanni y Esteban E. Barolin.
- Objeto de la demanda: Ejecución de convenio de mediación y medida cautelar que prohíbe actos de administración del club.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por los demandados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida cautelar adoptada en el marco de la ejecución de convenio, ha sido de no innovar." "La verosimilitud del derecho invocado y con ello, la procedencia de la medida, aparece indiscutible a poco que se advierta que fueron los propios demandados apelantes quienes acordaron en Mediación, los alcances de las obligaciones que iban a asumir." "Las medidas cautelares son absolutamente provisionales, dada su misma naturaleza y por ende pueden ser revisadas, modificadas, modalizadas y/o reemplazadas en cualquier momento del proceso."

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