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S., A. M. C/H. M. J. S/MEDIDA CAUTELAR (FAMILIA)

El apelante solicitó el levantamiento de una medida cautelar que embargaba sus cuentas bancarias por una deuda de $141.372.977,67. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la medida cautelar era necesaria para garantizar el cumplimiento de la obligación alimentaria.

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¿Quién es el actor?

S. A. M. C.

¿A quién se demanda?

H. M. J. S.
- Objeto de la demanda: Levantamiento de medida cautelar (embargo de cuentas bancarias).
- Decisión del tribunal: Se confirma la medida cautelar, aunque se encomienda al juez de primera instancia la adecuación del límite del embargo sobre las cuentas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida cautelar despachada interesa garantizar el cumplimiento de una sentencia que ya se encuentra firme, aunque no se encuentra determinado con exactitud las sumas que deben ser abonadas." "En efecto, sin perjuicio de la certeza respecto de la obligación que pesa sobre el recurrente, también debe reconocerse que es incierta su magnitud." "Se entiende que la medida tal cual fue despachada indiscutiblemente entorpece el desarrollo de la actividad que realiza el recurrente, lo que debe preservarse no sólo como su medio de sustento y de aquellos que dependen del mismo, sino como obligado alimentario."

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