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ACOSTA MARIA DE LOS ANGELES C/ MARTINEZ MARIO EDUARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)(99)

María de los Ángeles Acosta promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

Incidente Danos y perjuicios Acuerdo transaccional Honorarios Tasa de justicia Accidentes automovilisticos Regulacion de honorarios Ley 14967 Codigo fiscal Mediacion

Actor: María de los Ángeles Acosta Demandado: Mario Eduardo Martínez; Otro/a Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se homologa el acuerdo transaccional y se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Homologase el acuerdo transaccional presentado (art. 308 del C.P.C.C.). Con costas en la forma convenida." "Regúlanse los honorarios del Dr. MARCELO NICOLAS BREGLIA en la suma convenida de $ 1.600.000.-; y los de las Dras. MARÍA VICTORIA CUENCIO RODRÍGUEZ, en el mínimo de la escala legal arancelaria solicitado y en la suma de $ 560.000.-" "A fin de dar cumplimiento con lo prescripto por el art. 340, 1º párr. del Código Fiscal, informa en este acto la Actuaria que tomando como parámetro el monto del acuerdo, se adeuda en concepto de Tasa de Justicia la suma de $ 176.000.
- y en concepto de sobretasa de justicia la de $ 17.600.-"

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