BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ GARCIA EDUARDO EMANUEL S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
El Banco Santander Argentina S.A. promovió una acción de secuestro sobre un automotor prendado a su favor. El Tribunal declaró la inaplicabilidad del artículo 39 del decreto-ley 15.348 a las relaciones de consumo, rechazando la acción por considerar que vulnera derechos del consumidor.
Actor: Banco Santander Argentina S.A. Demandado: García Eduardo Emanuel Objeto: Secuestro de un automotor prendado. Decisión: Se declaró la inaplicabilidad del artículo 39 del decreto-ley 15.348 a las relaciones de consumo y se rechazó la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El procedimiento establecido por art. 39 de la ley 12962, priva al consumidor del pleno acceso a la información necesaria sobre su deuda y los alcances de la misma, colisionando en forma evidente con su derecho a una información veraz, precisa y clara." "La facultad de secuestrar sin oportunidad de defensa previa importa dejar de lado el derecho de defenderse del consumidor o usuario y ampliar los derechos de la contraparte." "Considero que el mencionado artículo 39 no resulta aplicable a las relaciones de consumo (art. 42 de la CN y Ley 24240)."
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