LDJ Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) en LDJ Y OTROS C/ SANATORIO PRIVADO FIGUEROA PAREDES SA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (EXPTE. N° 42271/2018)
El incidente de competencia se originó por la disputa entre dos juzgados sobre la causa de desobediencia. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 19 es el competente para continuar con la investigación.
¿Quién es el actor?
Fiscalía Nacional
¿A quién se demanda?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 54
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa de desobediencia.
- Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 19.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La circunstancia de que la desobediencia atribuida se vinculara con una orden dictada por un juzgado nacional en lo civil no impedía tal asignación... debían tramitar en un mismo ámbito, resultando para ello adecuado que tuviera intervención el fuero de primera intervención, que en el caso es el local." La jueza Alicia E. C. Ruiz, en disidencia, argumentó que correspondía declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 54, remitiéndose a su voto en un caso anterior.
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