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LEZCANO, PAULA JOHANNA-3- c/ GRUPO PYD SA Y OTRO s/DESPIDO

Paula Johanna Lezcano demandó a Grupo PYD S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A. por despido indirecto y reclamó indemnizaciones. El tribunal rechazó la demanda, considerando que no se acreditó el ejercicio abusivo del ius variandi ni injurias laborales.

Despido indirecto Ius variandi Indemnizacion Trabajo Condiciones laborales Grupo pyd s.a. Telefonica moviles argentina s.a. Prueba documental Testimonios Responsabilidad solidaria


¿Quién es el actor?

Paula Johanna Lezcano
- Demandados: Grupo PYD S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Despido indirecto y reclamación de indemnizaciones.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la demanda por falta de acreditación de injurias laborales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No surge acreditado que el cambio horario dispuesto por la demandada Grupo PYD S.A. haya sido arbitrario, injustificado o lesivo de derechos esenciales de la trabajadora." "La valoración integral de la prueba lleva a concluir que la trabajadora no logró demostrar incumplimientos de gravedad suficiente para configurar injuria laboral en los términos del art. 242 L.C.T." "El vínculo se extinguió por decisión unilateral de la actora sin causa justificada, motivo por el cual no corresponde reconocer las indemnizaciones derivadas del despido."

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