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.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19505 IPP N°03-00-005529-24/00 UFIJ 1 (J.E.P. 19852)

El defensor interpuso un incidente de apelación para solicitar el ingreso de Juan Pablo Arrien al régimen abierto. La Cámara de Apelaciones confirmó la denegación del ingreso, argumentando la necesidad de un tránsito gradual hacia la resocialización.

Incidente Regimen abierto Resocializacion Denegacion Informe psicologico Progresividad Tratamiento psicoterapeutico Control Derecho penal Ejecucion penal

Actor: Dra. María Verónica Olindi Huespi (Defensora Oficial) Demandado: Juan Pablo Arrien Objeto: Ingreso al régimen abierto Decisión: Se confirma la denegación del ingreso al régimen abierto

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El a quo ha valorado con buen criterio lo advertido por los informes psicológicos confeccionados por la Unidad Penal, y por tanto entiendo conveniente que el mismo transite por etapas de mayor autocontrol y autogestión." "Cabe destacar que, conforme surge del Acta Dictámen N° 308/2025, el DTC ha considerado que: 'de acuerdo a las sugerencias del área de intervención profesional, sería oportuno iniciar un tratamiento de abordaje psicoterapéutico...'" "Todo lo expuesto pone en evidencia la conveniencia del tránsito gradual por las diversas etapas a fin de lograr finalmente su resocialización."

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