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L. L. E. S/ INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO EN CAUSA N° 17494 (IPP 03-00-000141-14) UFIJ N° 1 (JEP 19915)

Se interpone un incidente para solicitar el ingreso de Laz Laura Edith al régimen abierto. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal confirmó la denegatoria del régimen, argumentando que no se cumplían los requisitos necesarios para su concesión.

Incidente Regimen abierto Denegatoria Progresividad Informe psicologico Resocializacion Derecho penal Ejecucion penal Ley 12.256 Confianza penitenciaria

Actor: Defensa Oficial Dra. María Verónica Olindi Huespi Demandado: Laz Laura Edith Objeto: Ingreso al régimen abierto Decisión: Se confirma la denegatoria del ingreso al régimen abierto

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Departamento Técnico Criminológico de la Unidad alojante ha aconsejado la conveniencia para incluir a la interna en el Régimen Abierto peticionado. Sin embargo, el régimen abierto se encuentra sujeto a su correspondiente reglamentación, no siendo de concesión automática por la sola manifestación conveniente de la unidad penal alojante." "El a quo ha valorado con buen criterio lo advertido por el informe psicológico realizado a su respecto, toda vez que más allá de que esta Alzada se ha pronunciado en reiteradas oportunidades, manifestando que el mismo no puede ser tenido en cuenta como único impedimento para denegar los beneficios peticionados, es lo cierto que en autos tal informe toma especial relevancia." "Se considera que la penada debe lograr un mayor compromiso y regularidad en relación con las propuestas tratamentales brindadas, debiendo asimismo también incluirse en un espacio psicoterapéutico a fin de tratar las cuestiones pendientes."

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