G. J. L. C/ G. G. O. S/ ACCION REIVINDICATORIA
El demandante interpuso recurso de apelación contra la caducidad de instancia decretada en su contra. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la resolución apelada, argumentando la inactividad procesal del actor.
Actor: G. J. L. Demandado: G. G. O. S. Objeto: Impugnación de la caducidad de instancia. Decisión: Se confirmó la caducidad de instancia decretada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un instituto procesal que pone fin a los litigios cuando la parte interesada no impulsa su avance dentro de los plazos establecidos por la ley." "Se advierte que la última actividad impulsoria corresponde al 6 de mayo de 2025, cuando se diligenció el mandamiento de constatación. Desde entonces transcurrió holgadamente el plazo trimestral previsto por el art. 310 inc. 3° CPCC sin que la actora realizara acto procesal útil alguno." "El examen de las actuaciones revela una inactividad prolongada, que se repite a lo largo de la tramitación, evidenciando un desinterés procesal que justifica plenamente la medida adoptada."
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