.......... / ACCION DE COMPENSACION ECONOMICA
El demandante interpuso recurso de apelación contra la sentencia que otorgó una compensación económica de $30.000.000. La Cámara revocó parcialmente la resolución, reduciendo el monto a $20.000.000, considerando el desequilibrio económico tras el cese de la convivencia.
Actor: Natalia Fernanda Tarantola Demandado: Federico Carlos Madariaga Objeto: Compensación económica tras el cese de la convivencia Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo la compensación económica a $20.000.000
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El instituto de la compensación económica tiene por finalidad compensar el desequilibrio económico manifiesto que produjo el divorcio o cese de la convivencia... En el presente ha quedado firme, por falta de ataque, la procedencia del reclamo, dado que los agravios esgrimidos se centran en el monto otorgado por la a quo para compensar el desequilibrio producido por el cese de la unión (art. 266 del CPCC)." "Con relación a su cuantía y fijación, dispone el art. 525 del CCCN que deberá tenerse en cuenta: a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización de la unión; b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia... En tal sentido, no podrá ponderarse en el presente a los fines de revisar el controvertido monto, los aportes dinerarios que la actora pudo haber efectuado para las reformas en el inmueble del demandado..."
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