DIAZ LUIS ALBERTO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor promovió una pretensión anulatoria y de reconocimiento de derechos por el pago de licencias anuales no gozadas. El Tribunal declaró la nulidad de la resolución que denegó su solicitud, reconociendo su derecho a la compensación económica.
Actor: Luis Alberto Díaz Demandado: Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Seguridad) Objeto: Pago de licencias anuales no gozadas por razones de servicio. Decisión: Se declaró la nulidad de la resolución que denegó el pago y se reconoció el derecho al cobro de las licencias no gozadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cesantía y la exoneración importan la separación definitiva del personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, con la pérdida del empleo y los derechos inherentes al mismo... Sin embargo, en situaciones como la de autos en las que el derecho al goce se encontraba vigente, corresponde una compensación económica frente a la imposibilidad material de usufructuar los días no gozados." "Los efectos de la sanción expulsiva aplicada por la administración, no pueden en modo alguno pulverizar los derechos que ya habían ingresado en el patrimonio del trabajador; lo contrario implicaría la contradicción flagrante con el principio de irrenunciabilidad de los derechos sociales." "El hecho de su cesantía implicó que la parte actora perdiera la posibilidad material de usufructuar sus días de licencia pendientes, los cuales fueron expresamente reconocidos por la Administración."
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