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OYHANARTE DYLAN AGUSTIN C/ BUERA DEBORA NOEMI Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20 de septiembre de 2023. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a abonar $ 13.560.000 por los daños sufridos.

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Actor: D. A. O. Demandado: D. N. B. Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a la demandada a abonar $ 13.560.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe señalar en primer término, que en la responsabilidad derivada de los accidentes de tránsito rige la responsabilidad objetiva que consagra el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación por tratarse de daños producidos por el riesgo de la cosa." "La existencia del hecho no se encuentra controvertido en autos pero sí la responsabilidad que a cada parte le cupo en el mismo." "No obstante no haber existido testigos presenciales del hecho, la versión de la actora no se encuentra desmentida." "Por lo tanto corresponderá hacer lugar a la demanda (art. 1729, 1757, 1769 y cc. del CCyC)."

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