PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ ALZAMENDIA GAMARRA FLAMINIO, RAMON s/REPETICION
La Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A. apeló la sentencia que admitió la excepción de prescripción y rechazó su demanda. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la acción estaba prescripta conforme a la Ley 24.557.
- Quién demanda: Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A.
¿A quién se demanda?
Ramón Arzamendia Gamarra Flaminio
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de prestaciones abonadas por accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que admitió la excepción de prescripción y rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción fue deducida el 30 de septiembre de 2020, mientras que el hecho generador del reclamo ocurrió el 14 de febrero de 2017... habiendo transcurrido más de dos años desde la fecha en que la aseguradora efectuó el pago hasta la mediación celebrada el 25 de noviembre de 2019, se encontraba cumplido el plazo bienal previsto en el artículo 44 de la Ley 24.557." "La citada norma constituye una regulación especial que establece expresamente los plazos de prescripción de las acciones derivadas del régimen de riesgos del trabajo, no efectuando distinción alguna respecto de la naturaleza de los créditos que pudieran corresponderle a las diversas aseguradoras."
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