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PAGLIARONE, ALICIA NOEMI c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El amparista promovió acción de amparo contra OSDE para restablecer su afiliación como jubilado. El Juzgado Civil y Comercial Federal 1 hizo lugar a la acción, ordenando a OSDE mantener la afiliación en las mismas condiciones que tenía durante su actividad laboral.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osde Inssjyp Derechos constitucionales Ley de medicina prepaga Costas Aportes


¿Quién es el actor?

P.A.N.

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Restablecimiento de la afiliación a la obra social como jubilado.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE mantener la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al INSSJyP, sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no resulta ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo para quienes ya poseían una obra social." "Cabe admitir la pretensión de la parte actora de mantener la afiliación en el plan que tenía cuando se encontraba en actividad, efectuando los debidos aportes."

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