CORRALES RICARDO LUIS C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra la aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal del Trabajo Nº 5 de Morón rechazó la demanda por prescripción de la acción, considerando que había transcurrido el plazo legal para reclamar.
Actor: CORRALES RICARDO LUIS Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Indemnización por enfermedad profesional (hipoacusia y lumbalgia). Decisión: Se rechazó la demanda por prescripción de la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 44 de la LRT establece que las acciones derivadas de dicha ley prescriben a los dos años a contar de la fecha en que la prestación debió ser abonada o prestada; plazo que resulta de orden público y que comienza a correr a partir de la fecha en que se determina el carácter definitivo de la incapacidad." "Habiendo la parte actora transitado el procedimiento previo ante el Seclo, debe asignarse a las actuaciones administrativas el efecto interruptivo." "El plazo de dos años y seis meses se cumplía en el mes de mayo de 2017." "Por ello, entiendo que deberá hacerse lugar a la defensa opuesta por la demandada."
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